Qué te pueden pedir cuando alquilas

Con el fin de septiembre y el comienzo del curso escolar parece que el mercado inmobiliario de Madrid se tranquiliza un poco. La mayoría de estudiantes ya han encontrado su hueco para pasar el curso escolar. Muchos prefieren vivir cerca de la universidad así que, por ejemplo, los estudiantes de la Complutense se decantan por alquilar piso en Somasagua o los estudiantes de Camilo Jose Cela prefieren alquilar piso en Chamartín. Otros prefieren alquilar en Madrid centro para disfrutar del acelerado ritmo de vida que el centro de la capital ofrece. Sea como sea, conseguir los documentos que el casero te pide para demostrar tu solvencia puede ser angustioso, especialmente para estudiantes sin trabajo fijo. Si te está matando conseguir estos documentos te recomiendo que te leas esta lista con todo lo que tu casero puede pedirte

  1. Identificación. Además de pedirte tu DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, tus datos deberán aparecer en el contrato de alquiler.
  2. Informes sobre tu solvencia. Caseros e inmobiliaria suelen pedir las 3 últimas nóminas para asegurarse de que puedes pagar el alquiler. Además si el propietarios quiere contratar contigo un seguro de impago de alquiler, la aseguradora también querrá ver tu solvencia con tus últimas nóminas y tú contrato de trabajo.
  3. Fianza. La ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 establece que en el momento de firmar el contrato el inquilino deberá entregar lo equivalente a un mes de renta como fianza en metálico.
  4. Garantías adicionales. Es habitual que el casero pida garantías adicionales en forma de aval bancario, aval personal, seguro de impagos u otro depósito de otra cantidad de dinero. Las dos formas más habituales son:
    1. Aval bancario o aval personal. Estos tipos de avales están ideados para que, en caso de impago de alquiler o que el inquilino acumule una deuda con el casero, éste pueda cobrársela del dinero depositado en el aval bancario o exigirle el pago a la persona que haya avalado al inquilino en el aval personal.
    2. Seguro de impagos. Hay diversas compañías aseguradoras que ofrecen seguros de impagos de alquiler y caseros e inmobiliarias las suscriben para garantizar el cobro de la renta en caso de que el inquilino deje de pagar. Cada compañía tiene sus pólizas especificadas y condiciones, pero normalmente se hace primero un estudio de solvencia del inquilino para comprobar su estabilidad laboral e ingresos que garanticen que pueda pagar el alquiler mensual.
Fuente: Nota de Prensa enviada por Montse.

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